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Canal Interno de Información

INTEGRACIÓN TECNOLÓGICA EMPRESARIAL, S.L. (ITE) dispone de un Sistema Interno de Información (SII) de conformidad con la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

El Sistema Interno de Información tiene como finalidad facilitar la comunicación segura y confidencial de posibles infracciones o conductas irregulares relacionadas con ITE, garantizando la adecuada gestión de las informaciones recibidas y la protección de las personas informantes en los términos legalmente establecidos.

El Sistema es gestionado por el Responsable del Sistema Interno de Información (RSII) de forma independiente, autónoma y confidencial.

¿Qué se puede comunicar?

A través del Sistema Interno de Información podrán comunicarse, entre otros:

  • acciones u omisiones que puedan constituir infracciones del Derecho de la Unión Europea en los términos previstos en la Ley 2/2023;
  • hechos que puedan ser constitutivos de infracción penal o administrativa grave o muy grave;
  • infracciones penales o administrativas graves o muy graves que impliquen quebranto económico para la Hacienda Pública o la Seguridad Social;
  • posibles incumplimientos del Código Ético, políticas, normas o procedimientos internos de ITE; y
  • otras conductas irregulares o incumplimientos internos que puedan resultar relevantes para la organización.

Las comunicaciones relativas a hechos que queden fuera del ámbito de aplicación de la Ley 2/2023 podrán ser gestionadas internamente por ITE, si bien no estarán sujetas al régimen específico de protección previsto en dicha Ley.

Cuando los hechos comunicados correspondan a un procedimiento interno específico, como el Protocolo para la Prevención del Acoso, la comunicación será adecuadamente derivada y tramitada conforme al procedimiento que resulte aplicable, manteniéndose las garantías previstas en la Ley 2/2023 cuando corresponda.

¿Quién puede utilizar el canal?

El Canal puede ser utilizado por las personas que hayan obtenido información sobre posibles infracciones en un contexto laboral o profesional relacionado con ITE, incluyendo, entre otras:

  • personas trabajadoras;
  • autónomos;
  • accionistas, partícipes y miembros del órgano de administración, dirección o supervisión;
  • personas que trabajen para contratistas, subcontratistas o proveedores;
  • antiguos trabajadores o colaboradores;
  • voluntarios, becarios y personas en periodo de formación; y
  • personas que hayan obtenido la información durante un proceso de selección o negociación precontractual.

El Canal podrá igualmente recibir comunicaciones de clientes, colaboradores, socios comerciales y otros terceros relacionados con ITE que tengan conocimiento de hechos susceptibles de ser comunicados.

¿Cómo puede presentarse una comunicación?

Las comunicaciones podrán realizarse por escrito o verbalmente, de forma identificada o anónima.

Por correo electrónico

A través de: denuncia-acoso@ite-es.com

El acceso a este buzón está restringido al Responsable del Sistema Interno de Información.

Por correo postal

Mediante comunicación dirigida a:

Responsable del Sistema Interno de Información
INTEGRACIÓN TECNOLÓGICA EMPRESARIAL, S.L. (ITE)
C/ Navia, 6
28670 Villaviciosa de Odón (Madrid)

Puede indicarse en el exterior: CONFIDENCIAL – RESPONSABLE DEL SISTEMA INTERNO DE INFORMACIÓN

Por teléfono

Mediante llamada directa al Responsable del Sistema Interno de Información:

Teléfono: +(34) 691 438 593

Este número será atendido directamente por el Responsable del Sistema.

Mediante reunión presencial

El informante podrá solicitar una reunión presencial con el Responsable del Sistema Interno de Información, que se celebrará dentro del plazo máximo de siete días desde su solicitud.

La reunión podrá solicitarse a través de cualquiera de los medios de contacto indicados anteriormente.

Comunicaciones anónimas

El Sistema Interno de Información de ITE permite la presentación y tramitación de comunicaciones anónimas.

No es necesario que el informante revele su identidad para que la información sea analizada y, cuando proceda, investigada.

Cuando la comunicación sea anónima y no se facilite ningún medio seguro de contacto, podrá no resultar posible solicitar información adicional o comunicar posteriormente el resultado de las actuaciones.

Confidencialidad

ITE garantiza la confidencialidad de la identidad del informante, de las personas afectadas y de los terceros mencionados en las comunicaciones.

La identidad del informante no será comunicada a la persona afectada por la información.

El acceso a las comunicaciones y expedientes estará limitado al Responsable del Sistema y a aquellas personas cuya intervención resulte necesaria y esté legalmente autorizada.

Protección frente a represalias

ITE prohíbe cualquier forma de represalia, amenaza o tentativa de represalia contra las personas que comuniquen información en las condiciones previstas en la Ley 2/2023.

La protección legal se aplica a quienes tengan motivos razonables para pensar que la información comunicada es veraz en el momento de efectuar la comunicación, aunque posteriormente los hechos no puedan llegar a acreditarse.

La falta de acreditación de los hechos comunicados no supone, por sí misma, que la información sea falsa ni que el informante haya actuado de mala fe.

¿Qué ocurre después de presentar una comunicación?

La comunicación será registrada y analizada por el Responsable del Sistema Interno de Información.

Cuando el informante haya facilitado un medio de contacto, se remitirá acuse de recibo dentro de los siete días naturales siguientes, salvo que ello pueda comprometer la confidencialidad de la comunicación.

Durante la tramitación podrá solicitarse al informante información o documentación adicional cuando resulte necesaria.

Cuando proceda, se realizarán las actuaciones de investigación necesarias para comprobar los hechos comunicados, respetándose los derechos de todas las personas implicadas y, especialmente, la confidencialidad, la presunción de inocencia, el derecho al honor y el derecho de defensa.

El plazo máximo para dar respuesta a las actuaciones de investigación será de tres meses, pudiendo ampliarse por un máximo de otros tres meses en casos de especial complejidad.

Cuando el informante haya facilitado un medio de contacto y no haya renunciado a recibir comunicaciones, será informado de la finalización de las actuaciones y, en los términos legalmente procedentes, de su resultado general.

Derechos de las personas afectadas

La tramitación de una comunicación no implica que los hechos comunicados sean ciertos ni supone la atribución de responsabilidad alguna.

Las personas afectadas tendrán derecho a ser informadas de las acciones u omisiones que se les atribuyan, formular alegaciones, aportar documentación y medios de prueba, ser oídas y ejercer adecuadamente su derecho de defensa.

En todo momento se respetarán su presunción de inocencia, derecho al honor y protección de datos personales.

La identidad del informante no será revelada a la persona afectada.

Protección de datos personales

Los datos personales tratados a través del Sistema Interno de Información serán utilizados exclusivamente para la gestión, investigación y resolución de las comunicaciones recibidas y para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, y demás normativa aplicable.

El responsable del tratamiento es INTEGRACIÓN TECNOLÓGICA EMPRESARIAL, S.L. (ITE).

El acceso a los datos personales contenidos en el Sistema Interno de Información estará limitado a las personas expresamente autorizadas conforme a la Ley 2/2023 y exclusivamente en el ámbito de sus respectivas competencias y funciones.

Las personas interesadas podrán ejercer los derechos que les reconoce la normativa de protección de datos y contactar con el Delegado de Protección de Datos (DPD) de ITE a través de la siguiente dirección: dpo@ite-es.com

Esta dirección se facilita exclusivamente para cuestiones relacionadas con la protección de datos personales y el ejercicio de los derechos correspondientes. No constituye un canal para la presentación de comunicaciones o informaciones sobre posibles infracciones.

Las comunicaciones relativas a posibles infracciones deberán presentarse a través de los medios habilitados en el Sistema Interno de Información indicados anteriormente y, en particular, mediante el correo electrónico denuncia-acoso@ite-es.com

En todo caso, se garantizará la confidencialidad de la identidad del informante, de las personas afectadas y de cualesquiera terceros mencionados en la comunicación, en los términos establecidos legalmente.

Canales externos de información

La utilización del Sistema Interno de Información de ITE no es un requisito previo para acudir a los canales externos legalmente establecidos.

Las personas informantes podrán presentar sus comunicaciones ante la Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I. (AIPI), o ante la autoridad autonómica competente en función del ámbito territorial de los hechos comunicados y, cuando proceda, ante las instituciones, órganos u organismos de la Unión Europea. La información actualizada sobre el Canal Externo de Información de la AIPI está disponible en la página web y sede electrónica oficiales de dicha Autoridad.

Política del sistema interno de información

ITE dispone de una Política del Sistema Interno de Información y Protección del Informante, que establece los principios y garantías aplicables al funcionamiento del Sistema.

→ Consultar la Política del Sistema Interno de Información y Protección